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Desde ICe queremos os queremos dar respuesta a las preguntas más formuladas en relación a la nueva normativa de vehículos de movilidad personal BOE-A-2022-987 vigente desde el 22 de enero de 2024.

Todo el equipo de ICe os queremos mandar un mensaje de confianza y tranquilidad a los actuales usuarios de nuestros patinetes así como a los futuros. Estamos trabajando al máximo para poder ayudaros y afrontar todo aquello que venga con los cambios que puedan llegar a surgir durante este tiempo para seguir disfrutando de nuestros VMP.

Queremos remarcar que a día de hoy, todos los VMP que están en circulación son totalmente legales y validos para ser usados por vías publicas, sin limites de potencia y por lo menos así será hasta el 22 de enero de 2027 dado que la normativa ha quedado abierta por parte de la DGT dando pie a futuros cambios.

  • ¿Qué requisitos principales deberán cumplir los VMP de transporte personal con la nueva normativa?

    Los requisitos principales que deberán cumplir los VMP de transporte personal a partir del 22 de enero de 2027 son:

    • Potencia nominal para vehículos sin autoequilibrado: 1000W o inferior
    • Potencia nominal para vehículos con autoequilibrado: 2500W o inferior
    • Peso máximo: 50kg 
    • Longitud máxima: 2000mm
    • Altura máxima: 1400mm
    • Anchura máxima: 750mm
    • Voltaje máximo: 100V

    Si deseas más detalles sobre los requisitos técnicos puedes consultarlos en el siguiente enlace.

  • ¿Puedo circular con un VMP que supere los 1000W de potencia nominal?

    Si, es completamente legal y podrás circular con el hasta el 22 de enero de 2027 siempre que este limitado a 25km/h. A partir de esa fecha podrás adaptar tu VMP y certificarlo en un laboratorio autorizado para poder seguir circulando. Actualmente no hay ninguna restricción para los VMP en cuanto a potencia.

    «Fragmento del BOE – Sección 33. Régimen transitorio

    De forma transitoria se establecerán los siguientes plazos para la exigencia del proceso de certificación de VMP:

    Todos los modelos que se comercialicen a partir de 24 meses de la entrada en vigor del presente manual deberán contar con dicha certificación.

    Los vehículos comercializados antes de la entrada en vigor del presente manual o durante el periodo transitorio establecido, podrán circular durante los 5 años siguientes a dicha entrada en vigor.»

  • ¿Es legal un VMP comprado antes del 22 de enero de 2024?

    Si, es completamente legal y podrás circular con el hasta el 22 de enero de 2027 siempre que este limitado a 25km/h. A partir de esa fecha podrás adaptar tu VMP y certificarlo en un laboratorio autorizado para poder seguir circulando.

    «Fragmento del BOE – Sección 33. Régimen transitorio

    De forma transitoria se establecerán los siguientes plazos para la exigencia del proceso de certificación de VMP:

    Todos los modelos que se comercialicen a partir de 24 meses de la entrada en vigor del presente manual deberán contar con dicha certificación.

    Los vehículos comercializados antes de la entrada en vigor del presente manual o durante el periodo transitorio establecido, podrán circular durante los 5 años siguientes a dicha entrada en vigor.»

  • ¿Es legal un VMP comprado después del 22 de enero de 2024?

    Si, es completamente legal y podrás circular con el hasta el 22 de enero de 2027 siempre que este limitado a 25km/h. A partir de esa fecha podrás adaptar tu VMP y certificarlo en un laboratorio autorizado para poder seguir circulando.

    «Fragmento del BOE – Sección 33. Régimen transitorio

    De forma transitoria se establecerán los siguientes plazos para la exigencia del proceso de certificación de VMP:

    Todos los modelos que se comercialicen a partir de 24 meses de la entrada en vigor del presente manual deberán contar con dicha certificación.

    Los vehículos comercializados antes de la entrada en vigor del presente manual o durante el periodo transitorio establecido, podrán circular durante los 5 años siguientes a dicha entrada en vigor.»

  • ¿Podré circular con mi VMP después del 22 de enero de 2024?

    Si, podrás circular con el hasta 2027 ya que es completamente legal siempre y cuando este limitado a 25km/h. A partir del 22 de enero de 2024, para uso en la vía publica, solo se podrán vender VMPs con certificado que hayan superado las pruebas exigidas por la DGT. Hasta el 22 de enero de 2027 convivirán de forma legal patinetes certificados y no certificados.

    «Fragmento del BOE – Sección 33. Régimen transitorio

    De forma transitoria se establecerán los siguientes plazos para la exigencia del proceso de certificación de VMP:

    Todos los modelos que se comercialicen a partir de 24 meses de la entrada en vigor del presente manual deberán contar con dicha certificación.

    Los vehículos comercializados antes de la entrada en vigor del presente manual o durante el periodo transitorio establecido, podrán circular durante los 5 años siguientes a dicha entrada en vigor.»

  • ¿Podré obtener el certificado para un VMP que no lo tenga?

    Si, podrás obtenerlo mediante el Proceso de certificación extraordinario de un VMP indicado en el BOE. Deberás adaptar tu VMP a los requisitos de la nueva normativa y certificarlo en un laboratorio autorizado. Obtendrás un certificado único para tu vehículo que te permitirá circular legalmente a partir del 22 de enero de 2027.

    Desde el equipo de ICe estamos estudiando la posibilidad de ofrecer un kit con los componentes necesarios para adecuar los patinetes eléctricos no certificados y así pasar por laboratorio y poder certificarlos a nivel particular. La previsión es que este proceso se lleve a cabo durante el 2026, año anterior a la obligatoriedad de incorporar el certificado de circulación ya que el manual de características técnicas puede ir variando durante estos años y hasta dicha fecha de enero de 2027.

    «Fragmento del BOE – Sección 31. Proceso de certificación extraordinario de un VMP.

    El proceso de certificación extraordinario de un VMP sin certificado podrá ser solicitado por parte de su propietario a través de un laboratorio autorizado aportando el vehículo VMP y la información técnica que posea del mismo, a ser posible la ficha reducida de características técnicas y el manual del usuario, con el objetivo de realizar los ensayos correspondientes.

    En este caso no se requerirá que éste esté dado de alta en el registro de fabricantes/representantes autorizados de la DGT.

    El laboratorio autorizado para la certificación individual deberá realizar únicamente los ensayos que no sean destructivos de entre los recogidos en el Apéndice 1, y emitirá el informe técnico de las comprobaciones y pruebas realizadas y del cumplimiento de los requisitos, así como un modelo de certificado VMP con el resultado (positivo o negativo) de la certificación, según el modelo incluido en el Apéndice 6, y lo remitirá tanto al solicitante como a la DGT. El número certificado obtenido, en caso de certificación positiva, seguirá el formato LUXXXX(12).

    (12) LUXXXX – L: letra que identificará al laboratorio autorizado que realiza la certificación, U: letra fija para indicar que la certificación es de un único VMP, y XXXX: Código numérico de 4 dígitos correlativo por laboratorio.

    El proceso de certificación deberá volver a realizarse siempre que se realice una modificación en el vehículo, aunque existiera una certificación previa, para garantizar que dicha modificación cumple con las características técnicas establecidas en el presente manual.»

  • ¿Existe en el mercado algún modelo de VMP certificado?

    Desde ICe nos adelantamos a 2024 cuando será requisito imprescindible la certificación para todos los VMP vendidos a partir de ese momento con el patinete eléctrico ICe M5 (https://icscooter.com/es/patinetes-electricos-ice/322-patinete-electrico-ice-m5-48v-158ah-es.html)

    Superando los ensayos de seguridad en los laboratorios designados por la DGT y cumpliendo así con las características técnicas que detalla el manual de características técnicas, el ICe M5 se convierte en el primer dual motor de 500W cada uno certificado en España.  

    Si deseas ver todos los patinets eléctricos certificados en España así como los laboratorios designados para su certificación, lo podrás hacer a través del siguiente enlace por parte de la DGT: https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/vehiculos-de-movilidad-personal-vmp/

    De todos modos y según dicta la actual normativa, si deseas un VMP podrás optar por todos los modelos disponibles en el mercado ya que son totalmente válidos para circular por la vía publica hasta el 22 de enero de 2027.

    A partir del 22 de enero de 2024 todos los VMP que se comercialicen para uso en vía publica deberán estar certificados.

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